Artículos etiquetados con: comunidades

Comunidad de propietarios condenada a indemnizar a cartero por accidente

Escrito por Jiménez & Asociados el Miércoles, 12 Julio 2023.

El Tribunal le exonera de tener que prever la presencia de un obstáculo en el desempeño de su trabajo

Comunidad de propietarios condenada a indemnizar a cartero por accidente

La Audiencia de Valladolid ha condenado a una comunidad de propietarios a indemnizar con 12.155,20 euros a un repartidor de Correos por las lesiones sufridas al tropezar con un escalón del portal. De esta manera, el Tribunal confirma el fallo del Juzgado de Primera Instancia Número 15 de Valladolid.

Por Derecho Nº 19 en RTV Marbella

Escrito por Jiménez & Asociados el Lunes, 24 Febrero 2020.

Comunidades, macrocomunidades de propietarios e impugnación de acuerdos

Por Derecho Nº 9 en RTV Marbella

Escrito por Jiménez & Asociados el Martes, 19 Noviembre 2019.

Comunidades de propietarios y la instalación de ascensor

Por Derecho Nº 3 en RTV Marbella

Escrito por Jiménez & Asociados el Lunes, 30 Septiembre 2019.

Comunidades de Propietarios

Preinstalación de aire acondicionado en edificios

el Martes, 23 Agosto 2016.

El Supremo ordena retirar una instalación privada en fachada

Aire acondicionadoSin entrar en profundidad, por ahora, en cuestiones sobre la modificación de las fachadas de edificios regidos por la Ley de Propiedad Horizontal, sí que hacemos mención a una nueva Sentencia del Tribunal Supremo, en la que ordena retirar cinco aparatos de aire acondicionado, instalados en el exterior de un edificio que previamente contaba con preinstalación para dichos electrodomésticos.

Entiende el Tribunal que la alteración del edificio no se produce exclusivamente en las fachadas exteriores, sino también en el patio interior del mismo. Igualmente, destaca que "la promoción tenía preinstalación de aire acondicionado, por lo que los comuneros demandados debieron proceder a la puesta en marcha de su sistema de aire acondicionado sin alterar, innecesariamente, una fachada que ornamental y estéticamente se percibe cual si fuese principal, al estar abierta sobre un patio de recreo, en el que se desarrolla vida comunitaria, infringiendo los artículos 12 y 17 de la Ley de Propiedad Horizontal en la redacción vigente en la fecha de los hechos".

Nueva Sentencia del Supremo contra carteles en fachadas de edificios

Escrito por Jiménez & Asociados el Martes, 27 Octubre 2015.

El Tribunal Supremo impide a una autoescuela fijar sus anuncios

Carteles en edificiosA pesar de la claridad con la que fue redactado el Artículo 396 del Código Civil, en el que se enumeran todos y cada uno de los elementos comunes de un edificio en régimen de propiedad horizontal, siguen cometiéndose cantidad de infracciones en nuestras comunidades, víctimas de aquellos propietarios o arrendatarios necesitados de modificar el aspecto de una finca, concebida en su conjunto como un elemento urbanístico inicialmente inamovible.

Como recordatorio, todos estos elementos de un edificio son considerados comunes y, por tanto, no susceptibles de cambio o modificación alguna: "El suelo, vuelo, cimentaciones y cubiertas; elementos estructurales y entre ellos los pilares, vigas, forjados y muros de carga; las fachadas, con los revestimientos exteriores de terrazas, balcones y ventanas, incluyendo su imagen o configuración, los elemento de cierre que las conforman y sus revestimientos exteriores; el portal, las escaleras, porterías, corredores, pasos, muros, fosos, patios, pozos y los recintos destinados a ascensores, depósitos, contadores, telefonías o a otros servicios o instalaciones comunes, incluso aquellos que fueren de uso privativo; los ascensores y las instalaciones, conducciones y canalizaciones para el desagüe y para el suministro de agua, gas o electricidad, incluso las de aprovechamiento de energía solar; las de agua caliente sanitaria, calefacción, aire acondicionado, ventilación o evacuación de humos; las de detección y prevención de incendios; las de portero electrónico y otras de seguridad del edificio, así como las de antenas colectivas y demás instalaciones para los servicios audiovisuales o de telecomunicación, todas ellas hasta la entrada al espacio privativo; las servidumbres y cualesquiera otros elementos materiales o jurídicos que por su naturaleza o destino resulten indivisibles." Aún más extensiva se hace esta consideración de "elemento común", cuando el mismo Artículo 396 CC, dice de éstos "incluyendo su imagen o configuración".

[12  >>