Artículos etiquetados con: contratos

Lo que se necesita saber si va a contratar internet en su segunda residencia durante estas vacaciones

Escrito por Jiménez & Asociados el Viernes, 28 Julio 2023. Publicado en Consumo

Consumo recomienda informarse bien de las condiciones de la operadora y comparar precios y servicios entre compañías, teniendo en cuenta factores como la permanencia

Lo que se necesita saber si va a contratar internet en su segunda residencia durante estas vacaciones

Con la llegada del periodo vacacional en verano, muchas personas consumidoras y usuarias deciden contratar un servicio de Internet y/o telefonía para sus segundas residencias o residencias vacacionales.

Ojo al contratar un campamento de verano

Escrito por Jiménez & Asociados el Viernes, 21 Julio 2023. Publicado en Consumo, Contratos

Consumo aconseja que las personas usuarias deben solicitar la máxima información posible

Ojo al contratar un campamento de verano

Los llamados campamentos de verano son una opción que muchas familias eligen para niños y jóvenes, como propuesta de ocio estival, ya sea en España o en otro país. La Dirección General de Consumo de la Junta de Andalucía lanza una serie de recomendaciones para que sirvan de orientación a la hora de contratar los servicios de un campamento de verano.

Prórroga extraordinaria de los contratos de arrendamiento de vivienda habitual

Escrito por Jiménez & Asociados el Martes, 07 Abril 2020.

Bajo la perspectiva del Real Decreto-Ley 11/2020, de 31 de marzo

Prórroga extraordinaria de los contratos de arrendamiento de vivienda habitualEn esta segunda entrega dedicada a las medidas urgentes que, en el ámbito social y económico, ha dispuesto el Gobierno para hacer frente a la crisis causada por la propagación del coronavirus COVID-19, al amparo del Real Decreto-Ley 11/2020, de 31 de marzo, venimos a aclarar en qué consiste la “prórroga extraordinaria de los contratos de arrendamiento de vivienda habitual”.

Para los contratos de arrendamiento de vivienda habitual que se vean afectados por la finalización del contrato o cualquiera de sus prórrogas, dentro del periodo comprendido desde la entrada en vigor de este Real Decreto-Ley, hasta el momento en que hayan transcurrido dos meses desde la finalización del Estado de Alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19, podrá aplicarse, previa solicitud del arrendatario (inquilino), una prórroga extraordinaria del plazo del contrato de arrendamiento.

¿Cuánto tiempo durará esta prórroga extraordinaria?

La prórroga extraordinaria que citamos, tendrá un periodo máximo de seis meses, durante los cuales, se seguirán aplicando el resto de términos y condiciones establecidos en el contrato de arrendamiento en vigor.