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Regularización de las pensiones extranjeras no declaradas

Escrito por Jiménez & Asociados el Lunes, 11 Mayo 2015.

Procedimiento declarativo sin sanciones ni recargos

Tower Bridge de LondresLa Disposición adicional única de la Ley 26/2014, de 27 de noviembre, contempla dos medidas especiales para los casos de regularización en IRPF de rentas procedentes de pensiones pagadas desde el extranjero:

  • Un período extraordinario de regularización: no se exigirán recargos, intereses ni sanciones a quienes regularicen voluntariamente su situación mediante la presentación desde el 1 de enero al 30 de junio de 2015 de declaraciones de IRPF (iniciales o complementarias) de ejercicios no prescritos.
  • Una condonación de los intereses, recargos y sanciones exigidos por este concepto. La condonación deberá ser solicitada por el interesado entre el 1 de enero y el 30 de junio de 2015.