Aunque de forma indirecta, la banca española vuelve a ser beneficiada por la Tribunal Supremo, dando por buena la norma del Servicio Público de Empleo Estatal (SPEE), que obliga a todos los beneficiarios de una prestación social, a disponer de una cuenta bancaria, con los gastos que ello normalmente supone.
Es cierto que, como el mismo Tribunal expone, existen entidades bancarias que han eliminado por completo las comisiones bancarias por mantenimiento de cuentas, aunque bajo determinadas exigencias que, en modo alguno pueden cumplir, por ejemplo, algunos desempleados, ya que suelen exigir un saldo medio, o la domiciliación de determinados recibos. Solo en casos de banca completamente online, esas comisiones alcanzan realmente a ser cero, aunque nos obligan a disponer de otra cuenta en una oficina física para poder disponer del efectivo transferido por el Estado. Olvida también el Supremo que no todos los beneficiarios de este tipo de prestaciones tienen la posibilidad de disponer de ordenador o conexión a Internet.