Una nueva Sentencia que anula el índice hipotecario IRPH ha salido a la luz desde un Juzgado de Toledo. La aplicación, por parte del Juez, de la Jurisprudencia emanada del Tribunal de Justicia de la unión Europea (TJUE) hace que, a criterio del juzgador español, no solo se anule la cláusula abusiva por la que se regía desde sus inicios el contrato hipotecario (que siempre debió regirse por el Euribor), sino que, además, la entidad de crédito deberá abonar las cantidades indebidamente cobradas y, por otra parte, cualquier importe referido a los intereses que el banco fue cobrando hasta la fecha; lo que, en la práctica, reduce al préstamo a interés cero.
Todo un revés para la banca española, pero también para algunas Audiencias Provinciales que, sin motivo alguno, se han revelado en contra del dictado europeo contra la cláusula IRPH, decretada abusiva si en el momento de su implantación, no fue referenciada con la debida claridad y transparencia ante el consumidor lego en este tipo de léxico jurídico-económico.