Artículos etiquetados con: derechos fundamentales

La administración pública puede decidir prohibir el uso de signos y símbolos religiosos a todos sus empleados

Escrito por Jiménez & Asociados el Martes, 28 Noviembre 2023. Publicado en Administración Pública, Derecho Laboral, Derechos fundamentales, Noticias Jurídicas, Sentencias

Los órganos jurisdiccionales nacionales examinan si las medidas adoptadas concilian la libertad de religión con las finalidades legítimas que subyacen a dicha prohibición

La administración pública puede decidir prohibir el uso de signos y símbolos religiosos a todos sus empleados

A una empleada del Ayuntamiento de Ans (Bélgica), que ejerce sus funciones de jefa de oficina principalmente sin contacto con los usuarios del servicio público, se le prohibió llevar un pañuelo islámico en su lugar de trabajo.

El Supremo dictamina que Hacienda no puede registrar dispositivos electrónicos en las inspecciones si viola derechos fundamentales

Escrito por Jiménez & Asociados el Miércoles, 11 Octubre 2023. Publicado en Contencioso-Administrativo, Administración Pública, Noticias Jurídicas, Protección de Datos, Sentencias

Anula una sentencia de un TSJ en la que se permitía el acceso al ordenador del recurrente sobre la base del régimen previsto para la autorización de entrada en domicilio

El Supremo dictamina que Hacienda no puede registrar dispositivos electrónicos en las inspecciones si viola derechos fundamentales

El Tribunal Supremo ha declarado, en la reciente Sentencia de 29 de septiembre de 2023 -recurso de casación nº 4542/2021- que la Administración tributaria no puede llevar a cabo el examen de la documentación contenida en un dispositivo electrónico, en este caso un ordenador personal, fuera de determinados casos y bajo estricto control judicial.

“Iguales ante la Ley”

Escrito por Jiménez & Asociados el Viernes, 17 Abril 2015.

El Tribunal Supremo valora el “trastorno económico” de bancos: ¿qué hay de los ciudadanos?

Justicia ¿ciega?Aunque el Artículo 14 de la Constitución Española, declara que "Los españoles son iguales ante la ley, sin que pueda prevalecer discriminación alguna por razón de nacimiento, raza, sexo, religión, opinión o cualquier otra condición o circunstancia personal o social", son innumerables las sentencias que nos hacen, como ciudadanos de a pie, plantearnos la laxitud a la hora de aplicar esta norma.

Por ahora, y hasta que no sea derogado el Artículo 1303 del Código Civil, al declararse "la nulidad de una obligación, los contratantes deben restituirse recíprocamente las cosas que hubiesen sido materia del contrato, con sus frutos, y el precio con los intereses..." Y en los sucesivos 1304 a 1308 del mismo texto legal, nada hay que pueda favorecer, como es el caso que a continuación relatamos, a las entidades de crédito a no devolver todas las cantidades indebidamente cobradas mediante las denominadas "cláusulas suelo", incluidos los intereses de demora.

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