Artículos etiquetados con: impuestos

El pleno del TC declara la inconstitucionalidad y nulidad de la Plusvalía municipal

Escrito por Jiménez & Asociados el Martes, 26 Octubre 2021.

Artículos 107.1 párrafo segundo, 107.2 a) y 107.4 del texto refundido de la Ley de las Haciendas Locales

El pleno del TC declara la inconstitucionalidad y nulidad de la Plusvalía municipal

El Tribunal Constitucional ha estimado la cuestión de inconstitucionalidad número 4433-2020, promovida por la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, Ceuta y Melilla, con sede en Málaga y, en consecuencia, declara la inconstitucionalidad y nulidad de los artículos 107.1 segundo párrafo, 107.2.a) y 107.4 del texto refundido de la Ley reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, en los términos previstos en el fundamento jurídico 6.

Varapalo a los Ayuntamientos respecto al IBI y plusvalía en parcelas urbanizables sin desarrollar

Escrito por Jiménez & Asociados el Viernes, 07 Agosto 2015.

Las últimas sentencias las consideran rústicas a efectos tributarios

El IBI y la Plusvalía en parcelas sin desarrollo urbanoYa el Tribunal Supremo, en su Sentencia 2159/2014, de 30 de mayo, declaraba injusto que los ayuntamientos cobrasen el Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI), de parcelas urbanizables desarrolladas, en igual proporción que aquellas en las que ni siquiera el plan parcial había sido aprobado por los correspondientes consistorios. O lo que es igual, que el Ministerio de Hacienda, por medio de la Dirección General del Catastro, valorase de la misma forma unas fincas y otras, sin tener en cuenta el hecho de que no existen construcciones, y que tampoco reciben los mismos servicios municipales que otras zonas que disponen de alumbrado público, acerado, asfalto en sus calles, etc.

Las ayudas municipales o de diputación para el recibo del IBI: Un arma de doble filo

Escrito por Jiménez & Asociados el Martes, 16 Junio 2015.

Ciudadanos que no debían realizar la declaración de la renta, obligados este año a presentarla

Declaración de la Renta obligatoriaY es que no es oro todo lo que reluce. Desde junio de 2013, fue anunciado con bombo y platillo unas subvenciones provenientes de la Diputación Provincial de Málaga y determinados ayuntamientos de la zona, tendentes a paliar una realidad, por otra parte fácil de solventar con una nueva revisión catastral, pero que finalmente salió de todos nuestros bolsillos a razón de unos 5 millones de euros. Y es que, ciertamente, el valor catastral de las viviendas, en algunos casos, es incluso superior al de venta real y, a causa de esa valoración los ayuntamientos se embolsan anualmente de los contribuyentes unas cantidades que, muchos de nosotros, no podemos afrontar.

La medida fue bastante criticada al principio, ya que muchas personas se quedaban fuera de esa ayuda. En algunos casos, como el denunciado por el Defensor del Pueblo Andaluz, quedaba excluido simplemente por ser emigrante, estar trabajando en otro país, y sin posibilidad de estar empadronado en la provincia de Málaga. Otros, porque su residencia superaba los 100.000 euros como valor catastral, que era la cuantía establecida como límite para recibir dicha subvención, dejando fuera al 87% de los inmuebles. Y muchos, porque directamente los tributos de sus ayuntamientos no estaban gestionados por el Patronato de Recaudación Provincial.

Regularización de las pensiones extranjeras no declaradas

Escrito por Jiménez & Asociados el Lunes, 11 Mayo 2015.

Procedimiento declarativo sin sanciones ni recargos

Tower Bridge de LondresLa Disposición adicional única de la Ley 26/2014, de 27 de noviembre, contempla dos medidas especiales para los casos de regularización en IRPF de rentas procedentes de pensiones pagadas desde el extranjero:

  • Un período extraordinario de regularización: no se exigirán recargos, intereses ni sanciones a quienes regularicen voluntariamente su situación mediante la presentación desde el 1 de enero al 30 de junio de 2015 de declaraciones de IRPF (iniciales o complementarias) de ejercicios no prescritos.
  • Una condonación de los intereses, recargos y sanciones exigidos por este concepto. La condonación deberá ser solicitada por el interesado entre el 1 de enero y el 30 de junio de 2015.

La Agencia Tributaria comienza la campaña de la Renta correspondiente al ejercicio 2014

Escrito por Jiménez & Asociados el Martes, 07 Abril 2015.

Desde hoy y hasta el 30 de junio de 2015

Agencia TributariaPara evitar en lo posible retrasos en las devoluciones, recomendamos que se realice cuanto antes el conocido modelo 100.

En el caso de que siempre realice la declaración por sus medios, debe saber que, desde hoy, podrá solicitar el borrador desde la Sede Electrónica e, incluso, presentar ya su declaración.

Los plazos

• Para el borrador de declaración: obtención, modificación y confirmación, cualquiera que sea su resultado:

a) Por vía electrónica o telefónica: desde el 7 de abril hasta el día 30 de junio de 2015.
Si se efectúa domiciliación bancaria del pago, el plazo de confirmación finaliza el 25 de junio de 2015.
b) Por vía presencial: desde el 11 de mayo hasta el 30 de junio de 2015.

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