Artículos etiquetados con: bancos

Cláusulas suelo, retroactividad total y Europa

Escrito por Jiménez & Asociados el Martes, 14 Julio 2015.

A la espera de una resolución del Tribunal de Justicia de la UE

Tribunal de Justicia de la Unión EuropeaComo ya sabemos, la Sentencia del Tribunal Supremo (TS) respecto de las cláusulas suelo, emitida el 9 de mayo de 2013, resultó ser un gran revulsivo a la hora de convencer a los ciudadanos hipotecados sobre la conveniencia de exigir a los bancos la devolución de las cantidades indebidamente cobradas por las entidades de crédito bancario.

Más recientemente, por efecto de la Sentencia de 25 de marzo de 2015, en la que el TS limitaba las devoluciones desde el 9 de mayo de 2013, los ciudadanos entendimos que, injustamente, se estaba defendiendo y beneficiando a la banca en general, en contra del consumidor y de la propia legislación española. Concretamente del Código Civil, en su Artículo 1303, entendiendo que restituir esas cantidades pondría en riesgo la "solvencia del sistema bancario español."

No terminan las sorpresas con las cláusulas suelo

Escrito por Jiménez & Asociados el Jueves, 14 Mayo 2015.

Los jueces “desobedecen” al Tribunal Supremo siguiendo al Europeo

Tribunal EuropeoEn anteriores publicaciones hemos ido relatando las distintas varas de medir que Juzgados y Tribunales han estado utilizando a la hora de analizar la nulidad de las comúnmente llamadas cláusulas suelo y la consiguiente restitución de todo lo cobrado por las entidades de crédito, atendiendo unas a la Sentencia del Supremo de fecha 9 de mayo de 2013 y, otras, a la nueva del 25 de marzo de 2015.

No obstante, durante estas últimas semanas, han surgido una serie de jueces de lo mercantil que, en lugar de la aplicación automática de las resoluciones del Tribunal Supremo al respecto, se decantan por aplicar la que en su día dictara el Tribunal de Justicia de la Unión Europea.

“Iguales ante la Ley”

Escrito por Jiménez & Asociados el Viernes, 17 Abril 2015.

El Tribunal Supremo valora el “trastorno económico” de bancos: ¿qué hay de los ciudadanos?

Justicia ¿ciega?Aunque el Artículo 14 de la Constitución Española, declara que "Los españoles son iguales ante la ley, sin que pueda prevalecer discriminación alguna por razón de nacimiento, raza, sexo, religión, opinión o cualquier otra condición o circunstancia personal o social", son innumerables las sentencias que nos hacen, como ciudadanos de a pie, plantearnos la laxitud a la hora de aplicar esta norma.

Por ahora, y hasta que no sea derogado el Artículo 1303 del Código Civil, al declararse "la nulidad de una obligación, los contratantes deben restituirse recíprocamente las cosas que hubiesen sido materia del contrato, con sus frutos, y el precio con los intereses..." Y en los sucesivos 1304 a 1308 del mismo texto legal, nada hay que pueda favorecer, como es el caso que a continuación relatamos, a las entidades de crédito a no devolver todas las cantidades indebidamente cobradas mediante las denominadas "cláusulas suelo", incluidos los intereses de demora.

¿Pueden bloquearme las cuentas bancarias?

Escrito por Jiménez & Asociados el Jueves, 16 Abril 2015.

Tenemos hasta el 30 de abril para identificarnos ante las entidades bancarias

Cuentas bancariasUno de los efectos de la Ley 10/2010, de 28 de abril, de prevención del blanqueo de capitales y de la financiación del terrorismo, podrá ser notoriamente visible durante este mes de abril, ya que todos los usuarios o clientes de Bancos, cajas y entidades de crédito, estamos obligados a estar correctamente identificados mediante el Documento Nacional de Identidad o Número de Identidad de Extranjero (residente o no residente). Aunque se ha dispuesto de 5 años para realizar esta gestión, muchas entidades han dejado para el último momento adaptar sus archivos, por lo que ahora, antes del 30 de abril de 2015, usted como usuario, deberá cerciorarse de que ha cumplimentado dicho trámite correctamente, sobre todo para evitar que cualquiera de sus cuentas pueda ser bloqueada.

Cláusulas suelo y retroactividad

Escrito por Jiménez & Asociados el Jueves, 26 Marzo 2015.

Beneficios de la acción particular

Tribunal SupremoLas entidades de crédito, reacias todas a modificar su operativa respecto de las clausulas suelo, están siendo notificadas de una serie de sentencias que están estimando, no sólo la nulidad de las denominadas "cláusulas suelo", sino la retroactividad de sus efectos en el sentido de requerir de los bancos la devolución de las cantidades indebidamente cobradas, incluso aquellas generadas antes del 9 de mayo de 2013, fecha de la Sentencia dictada por el Tribunal Supremo en el caso de la nulidad. Éste último fallo, contrario a la doctrina del Alto Tribunal, ha sido dictado, por ejemplo, por el Juzgado de lo Mercantil Número 3 de Oviedo, condenando a Banco Popular a devolver a un particular todas las cantidades incorrectamente cobradas en un préstamo hipotecario.

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