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El Defensor del Pueblo Andaluz admite la queja planteada por la plataforma SOS Vivienda

Escrito por Jiménez & Asociados el Sábado, 11 Abril 2020.

En defensa de los compradores de viviendas adquiridas sobre plano no entregadas

El Defensor del Pueblo Andaluz admite la queja planteada por la plataforma SOS ViviendaEn octubre de 2017, Ley 57 Abogados junto a Jiménez & Asociados, presentaron una queja formal ante el Defensor del Pueblo Andaluz, Jesús Maeztu Gregorio de Tejada, para desbloquear la situación que padecían y padecen miles de afectados por los perjudiciales efectos de las cláusulas suelo y los gastos hipotecarios. Hace poco volvimos a solicitar su intervención, a fin de la falta de protección que, durante estos últimos años, hemos detectado respecto de los compradores de viviendas sobre plano.

En esta ocasión, se le hizo entrega del informe de “compraventas sobre plano en Málaga” que nuestros compañeros de Ley 57 Abogados presentaron en septiembre de 2017, en el que se detectaba de forma evidente y palpable la falta de garantías e incumplimientos legales de las promotoras sobre las leyes que regulan el negocio inmobiliario.

Ante esta alarmante situación, el Defensor del Pueblo Andaluz entiende que “por la información recabada en dicha queja, así como en la web Consumo Responde, hemos podido conocer que la Dirección General de Consumo está desarrollando, desde octubre de 2019 a marzo de 2020, una campaña de inspección sobre información en compraventa y arrendamiento de vivienda.”

Covid19: Último día de permiso recuperable

Escrito por Jiménez & Asociados el Jueves, 09 Abril 2020.

¿Y ahora qué?

Covid19: Último día de permiso recuperableAunque en la mayoría de lugares de España fue ayer, hoy sí se puede decir ya que en todo el territorio nacional es el último día de vigencia de las medidas aprobadas en el Real Decreto-Ley 10/2020, de 29 de marzo, por el que se regulaba un permiso retribuido recuperable para las personas trabajadoras por cuenta ajena que no prestasen servicios esenciales. Este artículo afronta la situación y los retos que personas empleadas, autónomas y empresas se encuentran y encontrarán en adelante.

Esto tiene tres significados:

  1. Que, dado que no se ha prorrogado esta medida, hoy es el último día de Confinamiento Obligatorio, Retribuido, y Recuperable. (En lo sucesivo CORR), para las personas en aquellos lugares donde hoy no es festivo (pues para el resto fue ayer).
  2. Que desde el próximo lunes (martes en los territorios donde el lunes es festivo), volveremos a la situación previa regulada por el estado de alarma (R.D. 463/2020 de 14 de marzo) hasta el día 26 de abril.
  3. Que no se han aprobado medidas ni plan alguno de apoyo a la recuperación económica de las empresas y autónomos más allá de los avales, aplazamiento de impuestos y seguridad social, y de otras medidas probablemente insuficientes para negocios y familias.

Moratoria de la deuda arrendaticia

Escrito por Jiménez & Asociados el Miércoles, 08 Abril 2020.

Bajo la perspectiva del Real Decreto-Ley 11/2020, de 31 de marzo

Moratoria de la deuda arrendaticiaEn esta tercera entrega sobre las medidas urgentes que, en el ámbito social y económico, ha dispuesto el Gobierno para hacer frente a la crisis causada por la propagación del coronavirus COVID-19, nos acercamos al tratamiento de la “moratoria de la deuda arrendaticia”, también prevista en el Real Decreto-Ley de referencia, evidentemente, para personas en situación de vulnerabilidad económica a causa del COVID-19, para su vivienda habitual.

Estas medidas las podemos clasificar en dos supuestos bien diferenciados:

1) En caso de que el arrendador sea un sujeto considerado gran tenedor, empresa o entidad pública

El arrendatario o inquilino beneficiario de un contrato de arrendamiento para vivienda habitual, suscrito con una empresa, entidad pública o un gran tenedor, que se encuentre en situación de vulnerabilidad económica, podrá solicitar del arrendador, el aplazamiento temporal y extraordinario del pago de la renta, siempre que dicho aplazamiento o la condonación total o parcial de la misma, no se hubiera conseguido ya con carácter voluntario por acuerdo entre las partes.

Prórroga extraordinaria de los contratos de arrendamiento de vivienda habitual

Escrito por Jiménez & Asociados el Martes, 07 Abril 2020.

Bajo la perspectiva del Real Decreto-Ley 11/2020, de 31 de marzo

Prórroga extraordinaria de los contratos de arrendamiento de vivienda habitualEn esta segunda entrega dedicada a las medidas urgentes que, en el ámbito social y económico, ha dispuesto el Gobierno para hacer frente a la crisis causada por la propagación del coronavirus COVID-19, al amparo del Real Decreto-Ley 11/2020, de 31 de marzo, venimos a aclarar en qué consiste la “prórroga extraordinaria de los contratos de arrendamiento de vivienda habitual”.

Para los contratos de arrendamiento de vivienda habitual que se vean afectados por la finalización del contrato o cualquiera de sus prórrogas, dentro del periodo comprendido desde la entrada en vigor de este Real Decreto-Ley, hasta el momento en que hayan transcurrido dos meses desde la finalización del Estado de Alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19, podrá aplicarse, previa solicitud del arrendatario (inquilino), una prórroga extraordinaria del plazo del contrato de arrendamiento.

¿Cuánto tiempo durará esta prórroga extraordinaria?

La prórroga extraordinaria que citamos, tendrá un periodo máximo de seis meses, durante los cuales, se seguirán aplicando el resto de términos y condiciones establecidos en el contrato de arrendamiento en vigor.

Suspensión del procedimiento de desahucio y de los lanzamientos para hogares vulnerables sin alternativa habitacional

Escrito por Jiménez & Asociados el Domingo, 05 Abril 2020.

Bajo la perspectiva del Real Decreto-Ley 11/2020, de 31 de marzo

Suspensión del procedimiento de desahucio y de los lanzamientos para hogares vulnerables sin alternativa habitacionalComenzamos hoy una serie de cinco artículos cortos en los que desarrollaremos aquellas medidas urgentes que, en el ámbito social y económico, ha dispuesto el Gobierno para hacer frente a la crisis causada por la propagación del coronavirus COVID-19, al amparo del Real Decreto-Ley 11/2020, de 31 de marzo que, con este propósito quedó publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE).

En el mencionado Real Decreto-Ley 11/2020, de 31 de marzo, por el que se adoptan medidas urgentes complementarias en el ámbito social y económico para hacer frente al COVID-19, publicado con fecha 1 de abril de 2020, se refuerzan y complementan otras disposiciones que, durante el Estado de Alarma, hemos ido conociendo y publicando puntualmente en nuestra web y redes sociales.

Tratadas ya en otros artículos y vídeos las contingencias dispuestas en el ámbito laboral, nos gustaría seguir y poner especial interés, en las novedades promulgadas dentro del ámbito dedicado a la protección de familias y colectivos vulnerables durante la extraordinaria situación que vivimos en España.

Organizamos una videoconferencia para trabajadores y autónomos

Escrito por Jiménez & Asociados el Jueves, 02 Abril 2020.

Para tratar las medidas laborales que les afectan durante la crisis del COVID-19

Videoconferencia para trabajadores y autónomos sobre la crisis por el coronavirus COVID-19Mañana viernes 3 de abril de 2020, a las 12:00 horas, tendrá lugar una videoconferencia o webinar, organizado por Jiménez & Asociados junto a Ley 57 Abogados, en la que nuestro compañero Carlos Cómitre Couto, destinará gran parte del tiempo a solventar las dudas que durante estos días han surgido entre trabajadores y autónomos a causa de la crisis provocada por la expansión del coronavirus COVID-19 y la implementación de las diferentes medidas sociales, laborales y económicas que, hasta ahora, hemos conocido del Gobierno mediante su publicación en el Boletín Oficial del Estado (BOE).

En este sentido, ya se pueden adelantar las preguntas que se deseen solventar en este sentido, siempre de forma gratuita y sin compromiso alguno, enviando sus mensajes al WhatsApp 663929147, siendo estudiadas y respondidas durante el webinar.

Preguntas como: Tengo un taller y soy autónomo ¿puedo abrir yo solo? Si me llaman a trabajar y la actividad no es esencial ¿debo ir? Me dicen tengo que firmar un papel para el SEPE tras haberme comunicado un ERTE ¿es así? Me han “cortado” unos días y me dicen que de momento no vaya a trabajar ¿es legal? No puedo pagar el alquiler ¿me echarán de mi piso?

Webinar sobre medidas laborales para empresas y autónomos durante el Estado de Alarma por el Covid19

Escrito por Jiménez & Asociados el Lunes, 30 Marzo 2020.

Con la intervención del Letrado Carlos Cómitre de Ley 57 Abogados

El 30 de marzo de 2020, los despachos legales Jiménez & Asociados y Ley 57 Abogados, organizamos una interesante videoconferencia o webinar, dedicado a las medidas laborales adoptadas por el Gobierno para empresas y autónomos ante la emergencia sanitaria y económica provocada por la expansión del coronavirus COVID-19 en España.

A cargo de la misma, estuvo el Abogado Carlos Cómitre, exponiendo y contestando a las preguntas que fueron planteando los participantes, muchos de ellos miembros de la Asociación Pequeña y Mediana Empresa de San Pedro Alcántara.

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